¿Te aprobaron la Regularización Extraordinaria y tienes asilo? Ahora debes tramitar el desistimiento
Si has recibido una resolución favorable de la Regularización Extraordinaria 2026 y eres solicitante de protección internacional o asilo, hay un trámite importante que probablemente tengas que realizar ahora: el desistimiento de tu solicitud de protección internacional.
Puede ser tu caso si todavía tienes tarjeta roja, resguardo de solicitud de protección internacional u otra documentación de asilo, o si tienes un recurso pendiente relacionado con ese procedimiento.
En ZUBI Asesoría y Consultoría, en Pamplona, podemos ayudarte a revisar tu documentación, preparar correctamente el desistimiento y presentarlo electrónicamente ante el Ministerio del Interior, con un precio accesible.
¿Qué es el desistimiento de protección internacional?
Es el trámite mediante el cual comunicas formalmente a la Administración que no deseas continuar con tu solicitud de protección internacional.
En el caso de las personas beneficiarias de la Regularización Extraordinaria 2026, este paso tiene especial importancia después de recibir la resolución favorable.
La normativa establece que, durante el mes posterior a la concesión, debe solicitarse la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y acreditarse mediante el correspondiente resguardo que se ha solicitado el desistimiento de la protección internacional o, cuando corresponda, del recurso pendiente.
Importante: primero comprueba tu situación
No recomendamos presentar un desistimiento simplemente porque otra persona te haya dicho que tienes que hacerlo.
Antes hay que comprobar que tu residencia ha sido concedida y cuál es exactamente la situación de tu expediente de protección internacional.
El desistimiento significa que estás manifestando formalmente que no quieres continuar con ese procedimiento, por lo que es importante asegurarse de que es el trámite que corresponde en tu caso.
Tengo tarjeta roja, ¿también tengo que hacerlo?
Puedes encontrarte en esta situación aunque todavía tengas una tarjeta roja vigente.
Lo importante no es solamente el documento físico que tengas, sino conocer qué procedimiento de protección internacional tienes abierto, cuál es su número de expediente y en qué situación se encuentra.
Por eso, antes de preparar el desistimiento revisamos la documentación de cada persona.
¿Cómo se presenta el desistimiento?
El desistimiento debe dirigirse al organismo competente del Ministerio del Interior.
Actualmente, las instrucciones oficiales de Protección Internacional identifican para los escritos de renuncia o desistimiento de protección internacional o apatridia a:
EA0054388 – Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia.
Aunque existen diferentes vías administrativas para presentar documentación, desde ZUBI recomendamos realizar la presentación electrónicamente cuando sea posible.
¿Por qué?
Porque permite obtener un justificante oficial de registro, donde queda constancia de la fecha de presentación, organismo destinatario y documentación registrada.
¿Puedo hacer yo mismo el desistimiento?
Sí. Si dispones de los medios necesarios, puedes realizar personalmente tus trámites administrativos.
Pero que pueda hacerse personalmente no significa que convenga presentar cualquier escrito o hacerlo sin revisar previamente el expediente.
Uno de los errores más fáciles de cometer es, por ejemplo, confundir el número de expediente de protección internacional con el número del expediente de la nueva autorización de residencia.
También puede haber diferencias entre una persona que todavía tiene una solicitud de protección internacional pendiente y otra que tiene un recurso pendiente.
Por eso es importante comprobar los datos antes de presentar nada.
¿Qué necesito para preparar mi desistimiento?
Dependerá de cada expediente, pero normalmente tendremos que revisar tu NIE, pasaporte o documento de identidad, documentación de protección internacional, número de expediente y resolución favorable de residencia.
También debe prepararse el correspondiente escrito de desistimiento, dejando clara la voluntad de finalizar el procedimiento e identificando correctamente a la persona y el expediente.
Si la presentación se realiza mediante una asesoría o representante, también deberá quedar correctamente acreditada la representación.
Ya presenté el desistimiento: ¿qué documento debo guardar?
Muy importante: guarda el justificante de presentación.
No te quedes solamente con una copia del escrito.
Cuando el desistimiento se presenta electrónicamente, se genera un justificante que permite acreditar que el trámite ha sido registrado ante la Administración.
Este documento puede resultar especialmente relevante para continuar posteriormente con los trámites relacionados con tu nueva autorización y la expedición de la TIE.
En ZUBI podemos hacer el trámite por ti
Si no sabes cómo preparar el desistimiento, tienes dudas con tu expediente o simplemente prefieres que una asesoría se encargue de hacerlo, podemos ayudarte.
En ZUBI Asesoría y Consultoría ofrecemos acompañamiento en trámites de extranjería y migración en Pamplona, Navarra y de forma telemática para personas de otras localidades.
Podemos encargarnos de revisar tu situación y documentación, identificar correctamente tu expediente, preparar el escrito de desistimiento, organizar la documentación, realizar la presentación electrónica cuando proceda y entregarte el justificante oficial de presentación.
Y lo hacemos con precios accesibles, para que contar con acompañamiento profesional en un trámite migratorio no suponga un coste elevado.
¿Necesitas presentar tu desistimiento?
Si ya tienes tu resolución favorable de la Regularización Extraordinaria y necesitas tramitar el desistimiento de tu solicitud de protección internacional, escríbenos.
ZUBI Asesoría y Consultoría
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Envíanos un mensaje y revisamos qué necesitas para realizar correctamente el trámite.